{"id":3330,"date":"2022-10-24T11:12:02","date_gmt":"2022-10-24T16:12:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lopezjames.com\/?p=3330"},"modified":"2022-10-24T11:33:31","modified_gmt":"2022-10-24T16:33:31","slug":"novedades-y-actualizacion-migratoria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/novedades-y-actualizacion-migratoria\/","title":{"rendered":"\u00a1Novedades y actualizaci\u00f3n migratoria!"},"content":{"rendered":"<p>Colombia una vez m\u00e1s apuesta a nuevas disposiciones para el ordenamiento y regulaci\u00f3n de migraci\u00f3n, fundado en el inter\u00e9s de pol\u00edtica exterior y el fomento de la internacionalizaci\u00f3n, no s\u00f3lo a escala de educaci\u00f3n, sino de inversi\u00f3n, oportunidad, turismo e intercambio, siendo Colombia un escenario id\u00f3neo tanto territorial como culturalmente, con lo cual frente a las diversas estructuras internacionales y necesidades de expansi\u00f3n, propone y ejecuta una serie de actualizaciones y reglamentaci\u00f3n de procesos para los diferentes tipos de visas disponibles, su alcance y condiciones, as\u00ed como de sus requisitos y tr\u00e1mites, el cual entra en vigencia a partir del d\u00eda 21 de octubre de 2022 a trav\u00e9s de la resoluci\u00f3n No. 5477 del 22 de julio de 2022.<\/p>\n<p>De la referida resoluci\u00f3n se extraen, para conocimiento de todos los interesados, que contiene de manera estricta la solicitud formal exigible de aportar los documentos del extranjero debidamente apostillados o legalizados sin excepci\u00f3n alguna, consideraci\u00f3n que anterior ordenamiento s\u00f3lo era exigible si se trataba de un documento adicional requerido por el Ministerio y ahora ser\u00e1 previsto como requisito b\u00e1sico de aplicaci\u00f3n; asimismo, se identifica dentro de los nuevos cambios, la delicada divisi\u00f3n y clasificaci\u00f3n de tipos de visas, agrupadas en tres grupos principales que se mantienen en cuanto a identificaci\u00f3n, siendo los reconocidos: tipo visa Migrante, visa Visitante y visa Residente, sin embargo; el cambio se da en las sub divisiones, en las cuales encontramos nuevas figuras como la clasificaci\u00f3n de visa n\u00f3madas digitales, visas de tr\u00e1nsito aeroportuario, visa de asistencia t\u00e9cnica, visa de migrante andino, visa de venezolanos bajo ETPV, visa de fomento a la internacionalizaci\u00f3n, entre otros; as\u00ed como tambi\u00e9n propone nuevos requisitos de exigencia en cada tipo de visa, con el fin de complementar la informaci\u00f3n que ser\u00e1 objeto de estudio de la aplicaci\u00f3n y que comprende desde los requisitos econ\u00f3micos base, hasta los requisitos de fundamentaci\u00f3n de cada solicitud.<\/p>\n<p>De las regulaciones que se mantienen a trav\u00e9s de la nueva resoluci\u00f3n, \u00e9stas se centran en el<br \/>\nproceso de manera virtual o electr\u00f3nico, con la excepci\u00f3n, de los casos en los que el Ministerio considere oportuno citar al solicitante de manera f\u00edsica, para entrevista o para entrega de documentos oficiales en f\u00edsico.<\/p>\n<p>Adicionalmente, se mantiene la emisi\u00f3n de visas de manera electr\u00f3nica a trav\u00e9s del sistema<br \/>\ne-visa, que supone una modalidad moderna y que no requiere el estampado en pasaporte, salvo casos excepcionales.<\/p>\n<p>Dentro de los poderosos cambios actualizados, tambi\u00e9n se encuentra el factor de los requisitos econ\u00f3micos que var\u00edan en cuanto a la exigibilidad de cada tipo distinto de solicitud a aplicar. Es de relevancia informar, que toda persona jur\u00eddica o natural que desee participar del beneficio de obtenci\u00f3n de visa para el estado colombiano, debe estar preparada en cuanto a la documentaci\u00f3n, cumplimiento de requisitos y orientaci\u00f3n clara respecto del perfil que ocupa al momento de aplicar, pues el estado se propone a trav\u00e9s de la actualizaci\u00f3n, poder cubrir la mayor\u00eda de las necesidades b\u00e1sicas y de inter\u00e9s para el pa\u00eds, con el extranjero que desea hacer parte productiva y de fortalecimiento mutuo entre las naciones, respetando la discrecionalidad en la decisi\u00f3n de aceptaci\u00f3n o admisi\u00f3n de todo aquel que pretende un proceso migratorio.<\/p>\n<p>En L\u00f3pez &amp; James contamos con expertos y especialistas dispuestos a orientar y asesorar su solicitud.\u00a0 En Gestiones Empresariales L\u00f3pez &amp; James, nos complace brindar la mayor disposici\u00f3n en la atenci\u00f3n de los requerimientos migratorios que a bien tengan lugar y con el<br \/>\nprofesionalismo que nos caracteriza brind\u00e1ndole as\u00ed tranquilidad y seguridad en la regularizaci\u00f3n de su estad\u00eda.<\/p>\n<p>De igual forma, nuestro equipo de consultores legales, administrativos y financieros est\u00e1 dispuesto a ofrecerle asesor\u00eda a trav\u00e9s de sus canales virtuales en cualquier momento mediante el correo electr\u00f3nico contact@lopezjames.com o llamando a nuestro tel\u00e9fono fijo en Bogot\u00e1 (571) 7498261. Para m\u00e1s informaci\u00f3n, visite www.lopezjames.com.<\/p>\n<p>Sobre el autor:<br \/>\nDaniela \u00c1lvarez es abogada del equipo de Gestiones Empresariales L\u00f3pez\u00a0 James y tiene experiencia en derecho civil, comercial, empresarial y migratorio.<br \/>\nIdiomas: espa\u00f1ol.<\/p>\n<p>Bogot\u00e1 D.C. 24 de octubre de 2022<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Colombia una vez m\u00e1s apuesta a nuevas disposiciones para el ordenamiento y regulaci\u00f3n de migraci\u00f3n, fundado en el inter\u00e9s de pol\u00edtica exterior y el fomento de la internacionalizaci\u00f3n, no s\u00f3lo a escala de educaci\u00f3n, sino de inversi\u00f3n, oportunidad, turismo e intercambio, siendo Colombia un escenario id\u00f3neo tanto territorial como culturalmente, con lo cual frente a<span class=\"read_more_area\"><a class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/novedades-y-actualizacion-migratoria\/\"> Continue Reading <\/a><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"translation":{"provider":"WPGlobus","version":"3.0.2","language":"es","enabled_languages":["en","es"],"languages":{"en":{"title":true,"content":true,"excerpt":false},"es":{"title":true,"content":true,"excerpt":false}}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3330"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3330"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3330\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3336,"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3330\/revisions\/3336"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3330"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3330"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3330"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}