{"id":3295,"date":"2022-08-04T10:26:59","date_gmt":"2022-08-04T15:26:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lopezjames.com\/?p=3295"},"modified":"2022-08-04T10:36:32","modified_gmt":"2022-08-04T15:36:32","slug":"do-we-have-the-right-to-disconnect-from-work","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lopezjames.com\/es\/do-we-have-the-right-to-disconnect-from-work\/","title":{"rendered":"\u00bfTENEMOS DERECHO A LA DESCONEXI\u00d3N LABORAL?"},"content":{"rendered":"<p>Desde las \u00faltimas d\u00e9cadas, las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n han evolucionado r\u00e1pidamente, generando grandes cambios en la forma de comunicarnos, facilitando la interacci\u00f3n en cualquier momento y lugar. Esto ha provocado innumerables beneficios para los individuos y las empresas, acercando a las personas y permitiendo el r\u00e1pido acceso a informaci\u00f3n ubicada en cualquier lugar del planeta, no obstante, tambi\u00e9n ha contribuido a que las obligaciones laborales permeen el descanso y la vida familiar y personal, situaci\u00f3n que en algunos casos afecta el l\u00edmite que debe existir entre la vida laboral y la privada.<\/p>\n<p>A causa de lo anterior, y como una reacci\u00f3n a los efectos negativos de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n en las relaciones laborales, han habido diversos pronunciamientos jurisprudenciales que destacan la importancia de que el trabajador se recupere del desgaste que genera la prestaci\u00f3n del servicio y equilibre su vida privada y laboral para concretar y avanzar en su proyecto vital, como, en la sentencia C-103 de 2021, que se refiere al derecho a la desconexi\u00f3n laboral, recordando los art\u00edculos de la ley colombiana y las normas contenidas en varios instrumentos del Derecho Internacional de Derechos Humanos, que se posicionan a favor del derecho al descanso y le otorgan gran importancia en el contexto del derecho del trabajo.<\/p>\n<p>Por lo tanto, desde la jurisprudencia y desde diversos instrumentos del derecho internacional, se refieren al derecho a descansar y disfrutar el tiempo en el \u00e1mbito privado sin interrupciones, desde el derecho laboral como el derecho a la desconexi\u00f3n laboral, sin embargo; no era un derecho reconocido clara y literalmente en la normativa laboral Colombiana, hasta el 6 de enero del a\u00f1o 2022, cuando el Congreso de la Rep\u00fablica, expidi\u00f3 la ley 2191, por medio de la que se regula la desconexi\u00f3n laboral \u2013 Ley de Desconexi\u00f3n Laboral, la cual tiene por objeto \u201ccrear, regular y promover la desconexi\u00f3n laboral de los trabajadores en las relaciones laborales dentro de las diferentes modalidades de contrataci\u00f3n\u2026 con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y\/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral\u201d 1 .<\/p>\n<p>Dicha ley, pretende materializar el derecho a la desconexi\u00f3n laboral, otorg\u00e1ndole en primer lugar un significado legal, defini\u00e9ndolo como \u201cel derecho que tienen todos los trabajadores y servidores p\u00fablicos, a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnol\u00f3gica o no, para cuestiones relacionadas con su \u00e1mbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada m\u00e1xima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos\u201d 2 .<\/p>\n<p>1 Articulo primero de la ley 2191 del 2022<br \/>\n2 Articulo tercero de la ley 2191 del 2022<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, y con el fin de proteger este derecho, dicha ley establece algunas garant\u00edas y obligaciones como las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Reconoce la garant\u00eda a la desconexi\u00f3n laboral una vez finalizada la jornada laboral y durante el tiempo de descanso, licencias, permisos y vacaciones.<\/li>\n<li>Establece que ser\u00e1 ineficaz cualquier cl\u00e1usula o acuerdo que vaya en contra del objeto de la ley.<\/li>\n<li>Establece que la inobservancia del derecho a la desconexi\u00f3n laboral podr\u00e1 constituir una conducta de acoso laboral, en los t\u00e9rminos y de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006.<\/li>\n<li>Obliga a los Empleadores a contar con una pol\u00edtica de desconexi\u00f3n laboral de reglamentaci\u00f3n interna que defina la forma en que se garantiza el derecho, el procedimiento para presentar quejas y verificar que sean tramitadas, solucionadas y que se haga el cumplimiento de lo acordado.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Con estas herramientas, se da al trabajador la oportunidad, de exigir y presentar quejas por la violaci\u00f3n a su derecho a la desconexi\u00f3n laboral, acudiendo incluso al inspector del trabajo para que investigue una situaci\u00f3n en particular, sin embargo; la ley en menci\u00f3n tambi\u00e9n establece como excepciones los cargos de direcci\u00f3n, confianza y manejo, aquellas actividades u oficios que requieren y deben tener disponibilidad permanente como la fuerza p\u00fablica y los organismos de socorro y cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.<\/p>\n<p>En definitiva, desde la vigencia de esta ley, se esclarece cu\u00e1l ser\u00e1 el contenido del derecho a la desconexi\u00f3n laboral y se brindan unas herramientas, obligaciones y derechos para garantizar el cumplimiento de este derecho, lo cual esperamos que estimule el respeto a la vida privada por parte de todos los empleadores y mejore la calidad de vida de los trabajadores.<\/p>\n<p>En L\u00f3pez &amp; James estamos m\u00e1s que dispuestos a dar soporte en este tema, pues tambi\u00e9n contamos con profesionales especializados en el \u00e1rea de Derecho Laboral, Derecho Civil, Derecho Corporativo y otras \u00e1reas del derecho. De igual manera, nuestro equipo de consultores financieros, administrativos y de comercio exterior est\u00e1 dispuesto a ofrecerle asesor\u00eda en cualquier inquietud respecto a<br \/>\nestos y otros temas a trav\u00e9s de sus canales virtuales, en cualquier momento, a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico contact@lopezjames.com o llamando a nuestro tel\u00e9fono fijo en Bogot\u00e1 (+601) 7498261. Para m\u00e1s informaci\u00f3n, visite www.lopezjames.com.<\/p>\n<p>Sobre el autor:<br \/>\nGuillermo S\u00e1nchez es Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, Especializado en Derecho de la Empresa de la Universidad del Rosario, hace parte del equipo legal de L\u00f3pez &amp; James Colombia. Cuenta con amplia experiencia en Derecho Marcario y Habeas Data. Se especializa en las \u00e1reas de Derecho Societario y Derecho de Familia.<\/p>\n<p>Bogot\u00e1 D.C. Agosto 4 de 2022.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde las \u00faltimas d\u00e9cadas, las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n han evolucionado r\u00e1pidamente, generando grandes cambios en la forma de comunicarnos, facilitando la interacci\u00f3n en cualquier momento y lugar. 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