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CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD EN EL REINO UNIDO

Por lo general se concibe el proceso de constituir una sociedad como algo engorroso y mas aún si hablamos de un país ajeno y de otro continente. Sobretodo por las limitantes como lo son el idioma, domicilio, moneda, etc. Sin embargo, sorpresivamente este proceso resulta más sencillo de lo que parece, en particular, con el beneficio que su procedimiento se asimila en cierta medida al proceso colombiano para la constitución de una sociedad ante una Cámara de Comercio.

1. Nombre
En primer lugar, como bien se sabe, es importante que el nombre que se escoja para la conformación de su sociedad, debe ser tal que no entre en conflicto con otro nombre previamente registrado ante el Company House en el Reino Unido; de igual modo, éste no puede contener elementos o expresiones que resulten ofensivos ante el público.
De igual modo, es común que las empresas o sociedades constituidas en el Reino Unido terminen con la designación “Limited” o “Ltd.”, por lo cual, dentro del respectivo formulario de registro, el solicitante tendrá la posibilidad de indicar ante las autoridades competentes si desea que el nombre de su empresa termine o no de dicha forma.

2. Información
En los respectivos formularios a llenar con el fin de dar inicio a la solicitud de apertura, se le preguntarán aquellos puntos para mayor identificación del usuario y respectivos miembros societarios, así como también la sociedad a constituir, entre estos se encuentra:

  • Información personal: En este acápite se le solicitará al usuario o usuarios aperturar la sociedad con información relevante tal como: nombre completo, fecha de nacimiento, nombre de los padres, ocupación, lugar de residencia de los miembros societarios, código postal, etc.
  • Objeto Social: Al igual que con la conformación de sociedades en Colombia, se deberá establecer ante la autoridad competente por medio del respectivo formulario el objeto social que asumirá la correspondiente sociedad. De igual modo que sucede con la constitución de una sociedad ante una Cámara de Comercio, este nos solicitará identificar dichas tareas contenidas en el objeto de nuestra sociedad, por medio de códigos suministrados por el Company House del Reino Unido.
  • Dirección de la empresa: Por supuesto, así como será solicitada su dirección de residencia y la de los demás accionistas de la sociedad, será necesario proporcionar una dirección en la cual será inscrita la sociedad. Es entendible que este pueda ser el mayor impedimento para muchos que deseen instalar sus negocios en el exterior. Sin embargo, existe la posibilidad de solicitar los servicios para la renta de oficinas virtuales, las cuales podrán suplir con este requisito.

Es importante anotar que mucha de esta información estará publicada de forma pública ante el Company House. Sin embargo, el formulario de constitución de sociedad dejará al arbitrio del interesado de indicar a éste si desea que su información sea accesible o no ante el público.

3. Secretario y Director

En el documento de constitución de la sociedad, el cual se cuenta como uno de los requisitos
indispensables para la solicitud de inscripción de la sociedad, lo cierto es que será de suma importancia, dentro del formulario previamente mencionado, nombrar a los correspondientes
individuos que fungirán como secretario y director de la sociedad, los cuales serán los encargados de asumir las tendientes al control de los ingresos de la sociedad, así como también
de registrar las decisiones tomadas en la junta de accionistas.
Es importante anotar que estos puestos pueden ser asumidos por la misma persona que se identificará como Representante Legal de la sociedad, lo cual permite una mayor maniobrabilidad para aquel que desee iniciar con esta constitución.

4. Información de los accionistas
Será importante establecer dentro del formulario no solo la información de los accionistas que
harán parte de esta sociedad (nombre, documento de identificación, domicilio, país de nacimientos, código postal, etc.), sino, además, cómo será la conformación accionaria de éstos.
Para ello, el formulario contendrá los respectivos campos en los cuales se indicará el número de acciones que contendrá la sociedad, así como también el valor nominal de éstas. De igual
modo, se tendrá que indicar el tipo de moneda a usar para el pago de las acciones a componer
y el monto que cada accionista asumirá. Así como se mencionó en el anterior acápite, una sociedad a constituir puede estar conformada por un solo individuo por lo que todas las acciones pueden estar a nombre de una sola persona.
Es posible establecer dentro del formulario que una persona en particular dentro de la conformación accionaria tenga un mayor grado de poder de acción y decisión dentro de la sociedad, lo cual se conocería como persona con “poder considerable”. Para ello se deberá mencionar en el formulario la persona o personas designadas para dicho atributo, el cuál tendrá como requisito el de tener por lo menos un 25% del control de la totalidad de las acciones como mínimo. Lo anterior le otorgará mayor poder a la hora de designar o destituir
partes, tales como los directores, secretarios, etc. Además de obtener un mayor peso en las
votaciones de la junta de accionistas.

De lo anterior, si desea ampliar sus conocimientos sobre la conformación de sociedades, así como también el de expandir su negocio, no dude en contactarse con Gestiones Empresariales López & James S.A.S., el cual, con su amplia experiencia en la materia podrá brindarle el servicio que usted necesita.

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Sobre el autor:
Samuel Fuentes es Abogado de la Universidad Jorge Tadeo Lozano de Bogotá, hace parte del equipo de Bogotá, tiene experiencia en temas de Derechos Humanos y Derecho Penal. Se especializa en liquidaciones laborales y es bilingüe español – inglés.

Bogotá D.C. mayo 9 de 2022.